El Real Decreto 607/1999, marca la exigencia de un Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de las Embarcaciones de Recreo, sin embargo normalmente se contratan pólizas que también incluyen otras coberturas opcionales.
Veamos las posibles garantías a contratar en este tipo de pólizas:
- Responsabilidad Civil Obligatoria y/o Voluntaria.
- Seguro de Daños de la propia embarcación.
- Pérdida Total.
- Averías Particulares.
- Robo,…
- Reclamación de Daños.
- Accidentes de los Ocupantes.
Los precios serán diferentes, en función de:
- Tipo y Subtipo de Embarcación.
- Año de Construcción.
- Embarcación Auxiliar Si/No.
- Ámbito Geográfico.
¿Existe también la posibilidad de contratar pólizas por días para embarcaciones?
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