¿Sabías que en España existe un registro de pólizas de vida?
En la Ley 20/2005, de 14 de noviembre, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, se regula la creación de un listado común donde los interesados podrán acudir a consultar información relativa a las distintas pólizas.
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El registro de pólizas de vida te ayuda a saber si eres el beneficiario de alguna póliza
¿Qué es y para qué sirve el registro de pólizas de vida?
El Registro de Contratos de Seguros de Vida está gestionado por el Ministerio de Justicia y es de carácter público. Su función es la de suministrar la información necesaria para que, como interesado, puedas conocer si el fallecido tenía contratada una póliza de vida.
En caso afirmativo, también dan a conocer la compañía emisora de la misma y los descendientes tendrán la posibilidad de reclamar la indemnización, evitando que ésta quede sin cobrar por desconocimiento de los mismos.
¿Cómo se puede acceder al Registro de Contratos de Seguros de Vida?
Para conocer los datos sobre las pólizas de vida de un fallecido, tendrás que solicitar en el registro un Certificado de Contratos de Seguros de Fallecimiento. En este documento aparecerán reflejados todos los contratos vigentes en los que aparecía como asegurado el difunto, así como la entidad emisora de los mismos, el número de contrato y el tipo de cobertura.
Este certificado se puede solicitar a partir de los 15 días posteriores al deceso hasta 5 años más tarde si las indemnizaciones no son reclamadas por los beneficiarios. En caso contrario, la información se dará de baja tan pronto como las aseguradoras informen que la póliza ha sido satisfecha.
Existen varias formas de solicitar el certificado:
1 – Vía electrónica
Si se dispone de firma electrónica, podrás acceder a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, donde tendrás que rellenar un cuestionario. Este supuesto solo será posible si la defunción no está inscrita en el juzgado de paz, ya que de lo contrario habrá que presentar también el certificado de defunción.
2 – Por correo
Completando el formulario 790 y abonando el pago de las tasas, deberás enviar la solicitud, así como el justificante a la siguiente dirección postal:
Registro General de Actos de Última Voluntad, Ministerio de Justicia
Plaza de Jacinto Benavente, 3, 28012 Madrid.
Los datos se recibirán aproximadamente una semana más tarde de la recepción de la solicitud.
3 – Presencialmente
Deberás presentar los mismos documentos que en la solicitud por correo, pero en la Oficina Central de Atención al ciudadano y en una de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. En este caso, la obtención del certificado es inmediata.
Gracias a la existencia de este registro de pólizas de vida, es más fácil que nunca evitar que las pólizas queden desiertas y asegurarse de que los beneficiarios disfrutan de sus derechos.