En el sector asegurador, y más específicamente en los seguros de responsabilidad civil intervienen directamente conceptos jurídicos y entre ellos los de la responsabilidad civil y la responsabilidad penal. Aunque el tema podría dar para escribir bastante, se pueden extraer algunas distinciones principales entre la responsabilidad civil y penal. Es muy importante establecer el tipo de responsabilidad, sobre todo para saber las posibles sanciones a las que se podría enfrentar un infractor.
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Principales diferencias entre responsabilidad civil y penal
A continuación se pasan a detallar algunas de estas diferencias entre responsabilidad civil y penal de forma resumida.
La jurisdicción
Lo más destacable de esta primera diferencia es que la responsabilidad penal solamente podrá ser juzgada por la jurisdicción militar o penal. Por el contrario, respecto a la responsabilidad civil, un ciudadano podrá ser juzgado conforme al derecho civil pero también, en ocasiones, por el derecho penal. Se puede observar que la responsabilidad civil recogida en el Código Penal, específicamente entre los artículos 109 y 122 de esta norma, es la misma que la estipulada en el Código Civil, concretamente en el artículo 1092 y los siguientes de dicha norma.
El tipo de daño causado
A grandes rasgos se puede decir que la responsabilidad penal es aquella que responde sobre los daños efectuados por lesiones a un tercero, o que atente contra la integridad física, la libertad o el honor. La responsabilidad civil se produce cuando un sujeto causa un daño a un tercero de forma impensada. En este caso el sujeto responsable tendrá que responder pecuniariamente.
Tipo de sanción
Al tratarse de daño civil, el sujeto responsable del daño debe responder mediante una sanción de tipo económico. Por el contrario, un imputado por un delito penal puede recibir sanciones que impliquen privación de libertad.
Plazo de prescripción de las infracciones
Las infracciones de derecho civil suelen prescribir en el plazo máximo de 5 años, mientras que en el ámbito penal existe una mayor variedad en cuanto a estos períodos de tiempo. Pueden variar entre los 6 meses y un máximo de 15 años, en función de la gravedad del delito.
Edad mínima
La responsabilidad civil puede ser contraída a partir de los 7 años. Por el contrario para ser responsable penalmente es necesario tener una edad mínima de 14 años.
Seguros que cubren una responsabilidad civil
Como ya se ha señalado, un individuo que sea responsable civil frente a otro, deberá resarcir económicamente de los daños causados. Los seguros del hogar son un ejemplo de pólizas en las que se incluyen coberturas de responsabilidad civil que cubrirán los daños causados a terceros.
Existe una gran variedad de estos seguros multirriesgo que incluyen coberturas de RC. También existen pólizas de seguro de responsabilidad civil en los que se da cobertura a determinadas actividades aseguradas. Serán diferentes en función de si son de tipo profesional o particular.
A grandes rasgos estas son las principales distinciones entre responsabilidad civil y penal. Estas diferencias son importantes a la hora de saber cuando hay que contratar un seguro de responsabilidad civil.